Mediante Decreto de Urgencia Nº 058-2011, de fecha 26 de octubre de 2011, modificado mediante Decretos de Urgencia N° 016-2012, 002-2014 y 005-2014, así como Leyes N° 29951, 30056, 30264, 30527, 30818 y el Decreto de Urgencia Nº 075-2020, se dictan medidas urgentes y extraordinarias en materia económica y financiera para mantener y promover el dinamismo de la economía nacional; entre ellas, en materia de producción y productividad, se dictan medidas a favor de las micro, pequeñas y medianas empresas, autorizando excepcionalmente a FONCODES a gestionar a través de la modalidad de Núcleo Ejecutor, las adquisiciones de bienes a las MYPE. La vigencia del Decreto de Urgencia Nº 058-2011 ha sido ampliada mediante Decreto de Urgencia N° 075–2020 hasta el 30 de junio de 2021.
El artículo 4º del Decreto Ley Nº 26157, Ley del FONCODES dispone que la Entidad aprobará las condiciones y lineamientos necesarios para determinar la calidad de la donación, transferencia o crédito de los recursos con los que acuda el financiamiento de los proyectos que se le presenten y que acceda a financiar.